Protección contra incendios: extintores para seguridad privada y CRA. La doble exigencia que puede dejar una sede de seguridad fuera de norma.
Las empresas de seguridad privada y las centrales receptoras de alarmas (CRA) afrontan una particularidad normativa: los requisitos propios de la actividad y las exigencias generales de protección contra incendios funcionan por vías diferentes. Una sede puede reunir puertas blindadas, sistemas de comunicación, videovigilancia y alimentación eléctrica de respaldo y, aun así, necesitar revisar la dotación de medios de extinción que corresponde a sus instalaciones.
El marco aplicable depende del uso del inmueble, sus dimensiones, los espacios considerados de riesgo especial y las características de cada instalación. El Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI) establece con carácter general un extintor de eficacia mínima 21A-113B a un máximo de 15 metros de recorrido desde todo origen de evacuación, además de las dotaciones correspondientes a las zonas de riesgo especial.
La situación cambia cuando existen talleres, almacenes u otras zonas que entren dentro del ámbito del Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Desde 2025, el Real Decreto 164/2025 sustituyó al anterior Reglamento aprobado por el Real Decreto 2267/2004 y modificó, entre otras disposiciones, el RIPCI y el DB-SI.
Seguridad privada y protección contra incendios: dos marcos que deben encajar
La Orden INT/314/2011 regula determinados requisitos de seguridad de las empresas de seguridad privada y de las centrales de alarmas. En el caso de estas últimas contempla, entre otros elementos, las puertas exteriores blindadas, el circuito cerrado de televisión y las condiciones específicas del centro de control.
El hecho de que la normativa sectorial de seguridad privada no detalle toda la dotación de extintores de una sede no elimina las obligaciones derivadas de la normativa contra incendios. Son exigencias diferentes que deben analizarse conjuntamente para determinar las instalaciones necesarias.
Para una oficina o centro de control integrado en un edificio no industrial, la referencia habitual será el DB-SI. Si determinadas dependencias tienen consideración de establecimiento industrial, entra en juego el RSCIEI aprobado por el Real Decreto 164/2025. El RIPCI, por su parte, establece requisitos para los equipos y sistemas de protección activa contra incendios, así como para su instalación, mantenimiento e inspección.
El recorrido de 15 metros no se puede interpretar solo sobre el plano
Uno de los errores que puede generar problemas en una inspección consiste en medir la distancia hasta el extintor siguiendo una trayectoria que no representa el desplazamiento real de los ocupantes. El DB-SI establece la referencia de 15 metros de recorrido desde los orígenes de evacuación para la dotación general de extintores.
En una CRA, la existencia de puertas de seguridad, esclusas y controles de acceso puede modificar la forma en que se alcanza físicamente un equipo. Por ello, el diseño debe considerar cómo se desplazan los operadores dentro de las dependencias y qué obstáculos existen entre los puestos de trabajo y los medios de extinción.
La cuestión adquiere especial relevancia en un centro de control que permanece operativo durante las 24 horas. Un equipo situado en un pasillo exterior puede cumplir una determinada distancia geométrica, pero resultar poco accesible desde el interior de una zona protegida mediante puertas sucesivas.
El centro de control necesita una revisión específica
La Orden INT/314/2011 establece requisitos de seguridad específicos para los locales de centrales de alarmas, entre ellos sistemas de control de accesos y puertas blindadas.
Cuando existe una esclusa de acceso, la ubicación de los medios de extinción debe estudiarse teniendo en cuenta la configuración efectiva del recinto. Para una CRA, disponer de un equipo dentro del centro de control puede ser una decisión de proyecto diferenciada de la dotación situada en las zonas exteriores.
En las áreas donde se concentran monitores, grabadores, racks, fuentes de alimentación, SAI y cableado, también cambia la selección del agente. El polvo puede resultar adecuado para determinados riesgos generales, mientras que el CO₂ puede utilizarse como complemento en equipos eléctricos y electrónicos por no dejar residuos sólidos tras la descarga.
Qué ocurre con los locales de riesgo especial
La clasificación de determinadas dependencias como locales de riesgo especial puede incrementar las exigencias respecto de una oficina convencional. El DB-SI establece instalaciones específicas para estos espacios y señala que la dotación nunca puede ser inferior a la exigida con carácter general para el uso principal del edificio.
En una empresa de seguridad pueden aparecer salas técnicas, grupos electrógenos, cuadros generales, archivos, almacenes, vestuarios o determinadas zonas de instalaciones. La superficie, el volumen y las características del contenido determinan si una dependencia entra en una categoría de riesgo especial y qué medidas adicionales corresponden.
Grupo electrógeno: una dependencia que requiere especial atención
Las centrales de alarmas pueden disponer de sistemas de alimentación de respaldo para mantener operativos sus servicios. Cuando existe un grupo electrógeno instalado en una sala propia, deben analizarse las condiciones de ese recinto conforme a la clasificación que corresponda en el DB-SI.
La existencia de combustible, equipos eléctricos y ventilación propia hace que la elección del agente extintor deba guardar relación con los riesgos presentes. En una dotación general pueden intervenir equipos de polvo ABC con la eficacia exigida, mientras que otros medios pueden incorporarse como complemento cuando exista un riesgo específico.
Cuadros eléctricos, SAI y racks: el agente importa
Los cuadros generales de distribución y determinadas salas técnicas pueden estar sujetos a una clasificación específica dentro de las zonas de riesgo especial. La ubicación del extintor junto al acceso facilita que el equipo pueda utilizarse sin necesidad de penetrar innecesariamente en una zona técnica.
En el interior de salas de operadores, los equipos electrónicos plantean una cuestión diferente. Los residuos generados por determinados agentes pueden afectar a ordenadores, grabadores, servidores o sistemas de comunicación. Por esta razón, un extintor de CO₂ puede formar parte de la dotación complementaria, sin sustituir al equipo que corresponda para satisfacer la dotación general del DB-SI.
Archivo, contratos y documentación: el volumen puede cambiar la clasificación
Las empresas de seguridad manejan documentación administrativa y registros vinculados a su actividad. Cuando esa documentación se concentra en una dependencia específica, la superficie o el volumen pueden hacer que el espacio pase a estar sujeto a condiciones adicionales.
La evaluación debe realizarse sobre las dimensiones reales del archivo y sobre su uso. No resulta suficiente identificar una habitación como archivo sin comprobar sus características constructivas, carga de fuego y clasificación reglamentaria.
Vestuarios y almacenes también cuentan
Los vestuarios, almacenes de uniformes y dependencias destinadas al material de trabajo forman parte del análisis global de una sede. Su clasificación puede variar en función de sus dimensiones y del uso previsto.
Una ampliación de superficie, el traslado de un almacén a otra estancia o la acumulación de material pueden modificar las condiciones inicialmente consideradas en el proyecto. Por ello, una reforma de la distribución interior puede exigir revisar nuevamente la dotación de protección contra incendios.
Armeros y cartuchería: una zona con tratamiento diferenciado
Las instalaciones que albergan armas o cartuchería están sometidas además a las condiciones específicas de seguridad privada. La Orden INT/314/2011 regula los locales de centrales de alarmas y otros elementos vinculados a la actividad de las empresas de seguridad.
En estas dependencias, la ubicación de los medios de extinción debe coordinarse con las condiciones de seguridad del recinto. La actuación ante un incendio que afecte directamente a armas o munición requiere seguir el procedimiento de emergencia previsto para la instalación y comunicar esta circunstancia a los servicios de emergencia.
Cómo evitar errores al comprar el equipo adecuado
Antes de comprar extintor, una empresa de seguridad debe determinar qué riesgo se pretende cubrir, qué eficacia exige el proyecto y dónde se instalará el equipo. Elegir únicamente por peso o precio puede conducir a una dotación que no corresponda con las características del recinto.
La eficacia 21A-113B es la referencia que aparece en la dotación general del DB-SI para extintores portátiles, con la ubicación establecida respecto a los recorridos de evacuación.
La diferencia entre completar la dotación y sustituirla
Al comprar extintores, conviene diferenciar los equipos destinados a cumplir la dotación general de aquellos que se incorporan como complemento para riesgos concretos. Un CO₂ puede resultar adecuado para determinados equipos eléctricos, pero no reemplaza automáticamente un extintor con eficacia frente a fuegos de clase A cuando esa es la exigencia aplicable.
Esta distinción resulta especialmente relevante en una CRA, donde pueden coexistir oficinas, salas técnicas, racks, cuadros eléctricos, grupos electrógenos, almacenes y archivos. Cada zona debe analizarse según su riesgo y su normativa aplicable.
Extintores de polvo y CO₂ pueden coexistir en una misma sede
Los extintores para seguridad privada no responden a un único modelo válido para todas las dependencias. En una sede puede existir una dotación general de equipos de polvo y, adicionalmente, unidades de CO₂ destinadas a determinados riesgos eléctricos o electrónicos.
El criterio debe partir de la normativa que corresponda al establecimiento y de las características del proyecto. El RIPCI regula las condiciones de las instalaciones de protección activa contra incendios y ha sido objeto de modificaciones mediante el Real Decreto 164/2025.
Vehículos de transporte de fondos: una exigencia distinta
La normativa de seguridad privada contempla condiciones específicas para determinados vehículos de transporte de fondos, valores y objetos valiosos. La Orden INT/314/2011 establece requisitos propios para estos vehículos, por lo que no deben equipararse automáticamente con los turismos utilizados para rondas o servicios de acuda.
El análisis de un vehículo debe realizarse atendiendo a su categoría, actividad y normativa sectorial aplicable. Además, el Real Decreto 164/2025 introdujo modificaciones en las condiciones relativas a los extintores instalados en determinados vehículos.
El mantenimiento también puede convertirse en un punto débil
Tener extintores instalados no basta si los equipos no conservan las condiciones exigidas. El RIPCI establece el marco de mantenimiento de las instalaciones de protección activa contra incendios y contempla operaciones periódicas que deben quedar documentadas.
La empresa titular debe conservar la documentación correspondiente y comprobar que los equipos permanecen accesibles, visibles y correctamente señalizados. Las operaciones que requieren intervención de empresas habilitadas deben quedar acreditadas mediante la documentación reglamentaria.
Cuando una reforma puede cambiar las obligaciones
Cambiar la distribución de una sede, ampliar un archivo, instalar nuevos racks, incorporar baterías o trasladar un grupo electrógeno puede alterar el análisis inicial. También puede cambiar la aplicación normativa cuando una zona adquiere características propias de un establecimiento industrial.
El RSCIEI aprobado mediante el Real Decreto 164/2025 entró en vigor el 10 de mayo de 2025 y sustituyó al reglamento industrial anterior. La norma también introdujo modificaciones en el CTE DB-SI y en el RIPCI.
Por ello, una licencia, reforma o proyecto nuevo debe revisarse con la normativa vigente en el momento de su tramitación, especialmente cuando existen varias actividades o usos dentro del mismo inmueble.
Qué puede ocurrir si la dotación queda corta
Una sede que no tenga la dotación correspondiente puede encontrarse con discrepancias durante una inspección, una tramitación administrativa o una revisión de las condiciones de la actividad. El problema no se limita al número de equipos: también puede afectar a su eficacia, ubicación, señalización, mantenimiento y documentación.
La diferencia entre cumplir formalmente una cantidad de extintores y disponer de una instalación correctamente dimensionada puede ser especialmente relevante en una CRA, donde las puertas de seguridad y la distribución del centro de control condicionan el acceso físico a los equipos.
La revisión debe partir del plano real de la instalación
La comprobación de una sede debería comenzar por identificar todos sus espacios: centro de control, oficinas, recepción, salas técnicas, grupo electrógeno, cuadros eléctricos, SAI, archivo, almacenes, vestuarios, garaje y zonas vinculadas a armas o cartuchería.
A partir de ahí, deben cruzarse las superficies, volúmenes, usos y recorridos con la normativa aplicable. El DB-SI establece la dotación general de extintores y las exigencias adicionales para locales de riesgo especial, mientras que el RSCIEI regula los establecimientos industriales dentro de su ámbito.
Una diferencia normativa que puede pasar desapercibida
La seguridad privada y la protección contra incendios no constituyen un único régimen normativo. La Orden INT/314/2011 regula aspectos específicos de las empresas y centrales de alarmas, mientras que el CTE, el RSCIEI y el RIPCI establecen las condiciones relacionadas con la seguridad frente al fuego.
Esta separación explica por qué una instalación puede cumplir los requisitos específicos de seguridad privada y, al mismo tiempo, necesitar ajustes en su dotación de protección contra incendios. La revisión conjunta de ambos marcos permite identificar las exigencias que corresponden a cada dependencia y evitar que una condición sectorial se interprete como sustituta de otra obligación reglamentaria.
Una sede de seguridad necesita una lectura global de sus instalaciones
La dotación de extintores de una empresa de seguridad o una CRA no puede determinarse únicamente por el número de trabajadores o por la superficie total de la sede. El uso de cada estancia, sus riesgos, los recorridos y la normativa aplicable son elementos que intervienen en la configuración final.
Con el marco actualizado tras la entrada en vigor del Real Decreto 164/2025, cualquier proyecto o modificación debe contrastarse con la versión vigente de las disposiciones aplicables.
La correcta integración de los requisitos de seguridad privada con los de protección contra incendios permite mantener una instalación coherente con su actividad, sus espacios técnicos y las condiciones reglamentarias que correspondan en cada caso.
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